- Únicamente los perros y gatos de peso inferior a 6 kg (contenedor incluido).
- Los perros-guía, cualquiera que sea su peso.
Animales
Puede viajar con su animal de compañía.
Para saber si su animal de compañía puede viajar en la cabina o en la bodega del avión, es necesario indicar que viaja con un animal al hacer la reserva.
Animales aceptados
Reglas de transporte:
- El animal debe viajar imperativamente en un habitáculo específico, que debe respetar normas muy precisas.
- El habitáculo debe estar suficientemente ventilado y permitir que el animal se ponga de pie y se dé la vuelta.
- El animal no podrá salir del habitáculo durante el viaje, por ningún motivo.
Información practica
- Para que los animales viajen tranquilamente, recomendamos a los pasajeros que les administren, previa consulta con el veterinario habitual, un producto para evitar los mareos o cualquier reacción intempestiva durante el vuelo.
- Para evitar sorpresas de última hora, no olvide informarse sobre las reglamentaciones vigentes en los países de salida y de llegada (vacunas, cuarentena…).
- Para más información, contacte con nuestro servicio de reservas.
El Convenio de Washington
El Convenio de Washington, adoptado en 1973, prohíbe o limita considerablemente el comercio internacional —y por tanto el transporte— de 5.000 especies animales y 28.000 especies vegetales en vías de extinción o sujetas a la explotación excesiva. El comercio internacional está prohibido para muchas especies de animales (gorilas, elefantes, tortugas marinas, corales, conchas, vegetales...) y para sus productos derivados en todas las formas posibles (productos alimentarios, joyas y bisuterías, souvenirs para turistas, remedios...). Para otras especies, el transporte está muy reglamentado y requiere la obtención previa de un permiso CITES (Convention on International Trade of Endangered Species).
El Convenio de Washington está vigente en 175 países actualmente, incluyendo a Francia (y los departamentos y territorios franceses de ultramar). Los servicios de aduana de los países signatarios velan por la aplicación del Convenio, en particular en los aeropuertos.
El Convenio de Washington, adoptado en 1973, prohíbe o limita considerablemente el comercio internacional —y por tanto el transporte— de 5.000 especies animales y 28.000 especies vegetales en vías de extinción o sujetas a la explotación excesiva. El comercio internacional está prohibido para muchas especies de animales (gorilas, elefantes, tortugas marinas, corales, conchas, vegetales...) y para sus productos derivados en todas las formas posibles (productos alimentarios, joyas y bisuterías, souvenirs para turistas, remedios...). Para otras especies, el transporte está muy reglamentado y requiere la obtención previa de un permiso CITES (Convention on International Trade of Endangered Species).
El Convenio de Washington está vigente en 175 países actualmente, incluyendo a Francia (y los departamentos y territorios franceses de ultramar). Los servicios de aduana de los países signatarios velan por la aplicación del Convenio, en particular en los aeropuertos.